AGENCIA DE SUSCRIPCIÓN / COVERHOLDER
Son entidades mercantiles a las que una entidad (re) aseguradora le otorga ciertos poderes o autoridad para, en su nombre y por su cuenta, aceptar y suscribir riesgos, emitir y firmar las pólizas y desarrollar otras labores de administración y de gestión de siniestros.
La Disposición Adicional Tercera de la ley 26/2006 de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados introdujo por primera vez en España el concepto de agencia de suscripción. Posteriormente, varios criterios emitidos por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones han venido a perfilar esta figura.
A 01 de Enero de 2011, Lloyd’s contaba con 19 coverholders/agencias de suscripción en España
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